Cuánto puedo desgravar por alquilar mi vivienda habitual es una pregunta que ha cambiado de respuesta recientemente: en octubre de 2026 se ha introducido una nueva deducción estatal por alquiler, que se suma a las deducciones autonómicas ya existentes. En este artículo repasamos ambos niveles de deducción y cómo saber cuál te corresponde.
Nota importante: este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre. Dado que la fiscalidad del alquiler cambia con cierta frecuencia, verifica siempre la normativa actualizada antes de presentar tu declaración.
Novedad 2026: nueva deducción estatal por alquiler de vivienda habitual
El Real Decreto-ley 29/2026 ha introducido una nueva deducción estatal para inquilinos, aplicable a contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007,20 €/año:
Deducción estatal = 10% de las cantidades pagadas por el alquiler de vivienda habitual
Esta deducción es una novedad relevante, ya que recupera a nivel estatal una ventaja fiscal que desde 2015 solo existía en régimen transitorio para contratos muy antiguos.
El régimen transitorio (contratos anteriores a 2015)
Además de la nueva deducción, sigue existiendo el régimen transitorio estatal, aplicable únicamente si:
- El contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015.
- El contribuyente ya venía aplicando esta deducción en ejercicios anteriores de forma ininterrumpida.
Este régimen transitorio se va reduciendo cada año, a medida que los contratos antiguos van finalizando o los contribuyentes dejan de cumplir los requisitos (por ejemplo, al cambiar de vivienda habitual).
Deducciones autonómicas: la vía más habitual hasta ahora
Antes de la nueva deducción estatal de 2026, la principal vía de desgravación para la mayoría de inquilinos eran las deducciones autonómicas, que siguen vigentes y pueden combinarse con la nueva deducción estatal (sujeto a los límites y requisitos específicos de cada comunidad).
Ejemplos de deducciones autonómicas (orientativo, revisar normativa vigente)
| Comunidad autónoma | Deducción autonómica orientativa |
|---|---|
| Comunidad de Madrid | 30% de las cantidades pagadas (con límites según edad e ingresos) |
| Andalucía | Deducción ampliada desde 2026, hasta 1.200 €/año (1.500 € para personas con discapacidad) |
| Otras comunidades | La mayoría mantiene deducciones propias, aunque varían notablemente en porcentaje y límites; algunas comunidades (como Aragón) no contemplan una deducción general |
Importante: cada comunidad autónoma establece sus propios requisitos (edad máxima, límites de renta, importe máximo deducible), por lo que conviene consultar la normativa específica de tu comunidad de residencia fiscal antes de aplicar cualquier deducción.
Requisitos generales habituales para desgravar el alquiler
Aunque cada deducción (estatal nueva, régimen transitorio, autonómica) tiene sus propios requisitos específicos, algunos elementos comunes suelen exigirse:
- Que se trate de tu vivienda habitual, no de una segunda residencia.
- Que conserves los justificantes de pago del alquiler (preferiblemente mediante transferencia bancaria; en algunas comunidades, el pago en efectivo impide aplicar la deducción).
- Que el contrato esté correctamente formalizado y, en muchos casos, que conste depositada la fianza según la normativa de arrendamientos urbanos.
Ejemplo práctico: cálculo combinado
Vamos a calcular el ahorro fiscal aproximado de un inquilino con un alquiler de 800 €/mes (9.600 €/año), base imponible por debajo del límite de la nueva deducción estatal, residente en una comunidad con deducción autonómica del 20% (límite máximo 600 €/año, ejemplo orientativo):
Deducción estatal (10%)
9.600 € × 10% = 960 €
Deducción autonómica (20%, con límite de 600 €)
9.600 € × 20% = 1.920 € → se aplica el límite máximo: 600 €
Ahorro fiscal total combinado (orientativo)
960 € + 600 € = 1.560 € de reducción en la cuota del IRPF
Importante: este ejemplo es orientativo; la combinación exacta entre deducción estatal y autonómica, así como los límites aplicables, depende de la normativa específica vigente en el momento de presentar la declaración y de tu comunidad autónoma de residencia.
Qué cambia para los propietarios con la reforma de 2026
El mismo Real Decreto-ley que introduce esta deducción para inquilinos también modifica el tratamiento fiscal de los rendimientos del alquiler para los propietarios, con cambios en las reducciones aplicables sobre el rendimiento neto. Trataremos este aspecto en detalle en el artículo específico sobre fiscalidad del alquiler para propietarios de esta misma categoría.
Cómo saber qué deducción te corresponde a ti
- Comprueba tu base imponible: si está por debajo de 33.007,20 €/año, podrías aplicar la nueva deducción estatal del 10%.
- Revisa si tu contrato es anterior a 2015 y si ya aplicabas la deducción en años anteriores, para el régimen transitorio.
- Consulta la normativa de tu comunidad autónoma, ya que las deducciones autonómicas tienen sus propios requisitos y, en muchos casos, pueden combinarse con la estatal.
Calcula el ahorro fiscal aproximado de tu alquiler
Aunque nuestras calculadoras actuales no incluyen este cálculo específico de deducciones fiscales, puedes usar el importe anual de tu alquiler junto con los porcentajes de este artículo para estimar tu ahorro fiscal aproximado.
Preguntas frecuentes
No; el régimen transitorio es una vía alternativa, pensada para contratos antiguos con requisitos distintos, por lo que no se combina con la nueva deducción general, que está pensada para contribuyentes sin derecho al régimen transitorio.
En varias comunidades autónomas, el pago en efectivo impide aplicar la deducción autonómica, por lo que es muy recomendable pagar siempre por transferencia bancaria para poder acreditar el gasto sin problemas.
Debes aplicarla tú mismo al presentar la declaración de la renta, indicando los importes y, en su caso, los datos del arrendador en las casillas correspondientes del modelo de IRPF.
En ese caso no podrías aplicar la nueva deducción estatal, aunque podrías seguir teniendo derecho a deducciones autonómicas si cumples sus requisitos específicos, que suelen tener límites de renta distintos a los estatales.
Conclusión
Desde octubre de 2026, los inquilinos cuentan con una nueva deducción estatal del 10% sobre el alquiler de su vivienda habitual (para bases imponibles inferiores a 33.007,20 €), que se suma a las deducciones autonómicas ya existentes en la mayoría de comunidades. Revisa los requisitos específicos de cada nivel de deducción y conserva siempre los justificantes de pago del alquiler para poder aplicarlas correctamente en tu declaración de la renta.